HUMAND es un Software como Servicio para empresas (B2B) que mejora los procesos de comunicación interna y gestión de las personas.
Permite que los trabajadores estén conectados con sus empresas y realicen tareas de comunicación y RR. HH., como completar formularios, responder encuestas, leer la revista digital, capacitarse, ver archivos, ser reconocidos en base a los valores culturales de la empresa, completar información en su perfil y conversar con colegas. También hay áreas para hacer preguntas o publicar y recibir anuncios de la empresa.
La contratación de HUMAND incluye el otorgamiento de una licencia temporal y no exclusiva para el uso del servicio HUMAND, el cual consiste en el conjunto de aplicaciones para Dispositivos Móviles, los servicios web y el software como servicio que ofrece HUMAND para la cantidad de usuarios que se hubieren contratado, mediante el ingreso con usuario y contraseña, mientras dure el contrato.
Para el uso del servicio HUMAND será necesario que LA CONTRATANTE:
LA CONTRATANTE aceptará electrónicamente estos términos y condiciones al momento de contratar.
LA CONTRATANTE declara que leerá los términos y condiciones vigentes y sus anexos antes de realizar cada pago, constituyendo dicho pago una aceptación de los mismos.
Ninguna de las partes será responsable por la demora o incumplimiento resultante de hechos imprevisibles o incontrolables respecto de los cuales haya sido imposible ejercer un control razonable. Cada una de las partes deberá comunicar a la otra parte en forma inmediata respecto del acaecimiento de dicho acto fortuito o de fuerza mayor al momento de tomar conocimiento de tal circunstancia. Salvo lo señalado específicamente en este contrato, cualquiera de las partes tendrá derecho de rescindir el presente contrato sin incurrir en responsabilidad alguna en caso de que el hecho imprevisible continúe por 15 (quince) días consecutivos.
Humand conserva en todo momento la plena titularidad, dominio e interés, incluidos todos los derechos de propiedad intelectual e industrial, sobre el software HUMAND, así como sobre todo código fuente y objeto, diseños, marcas, procesos, base de datos de la plataforma, documentación, know-how, interfaces, configuraciones y demás elementos relacionados o subyacentes a la plataforma.
Humand será titular exclusivo de todas las mejoras, actualizaciones, adaptaciones, modificaciones, desarrollos derivados o ampliaciones de la plataforma, aun cuando hubieran sido realizadas a partir de sugerencias, comentarios, requerimientos, incidencias, ideas o valoraciones aportadas por LA CONTRATANTE u otros clientes. En ningún caso tales aportes generarán derecho de titularidad ni de remuneración adicional a favor de LA CONTRATANTE.
A continuación se disponen cláusulas estándar de confidencialidad para ambas partes:
La información provista por LA CONTRATANTE, por sus funcionarios, por sus empleados y por los clientes de LA CONTRATANTE, serán almacenadas por HUMAND de acuerdo a la política de privacidad de HUMAND detallada en este contrato.
Este contrato no otorga ningún tipo de exclusividad para ninguna de las partes.
Nuestro ACUERDO DE NIVEL DE DISPONIBILIDAD (SLA) lo consideramos justo, simple y está redactado en términos sencillos:
Las partes declaran, a todos los efectos, que son entidades independientes y autónomas, de forma que el presente instrumento no crea ninguna modalidad de vínculo entre ambas partes, sea mandato, representación, asociación, formación de grupo económico u otros.
Cada parte será la única y exclusiva responsable por el pago de sus obligaciones tributarias, de la seguridad social, y laborales.
Cada parte será la única y exclusiva responsable de sus respectivos empleados, colaboradores y terceros por ellas contratados.
Cada parte se obliga a mantener indemne a la contraria en cualquier acción en la cual se demande a la otra alegando la existencia de grupo económico, vinculación comercial o cualquiera de las figuras mencionadas en ésta cláusula, asumiendo la defensa, gastos y costas irrogados por la otra.
HUMAND y LA CONTRATANTE declaran que el correo electrónico será el único canal válido de comunicación legal.
A tal fin HUMAND denuncia como domicilio la casilla “info@humand.co”.
Todo envío de notificaciones judiciales, información, comunicaciones legales o documentación deberá ser realizado exclusivamente por vía de CORREO ELECTRÓNICO, enviado desde y dirigido hacia las casillas denunciadas por cada parte en el formulario de la primera página de este contrato y en estos Términos y Condiciones, las que siempre deberán ser originadas y recibidas en servidores como «gmail.com», «google apps», «yahoo.com» o «yahoo.com.ar», o cualquier otro servicio provisto por terceros que no permita a las partes la modificación de los correos enviados y recibidos, aún cuando se utilice un dominio propio. La existencia del mensaje enviado y/o recibido en la casilla de cualquiera de las partes que cumpla con las condiciones mencionadas será prueba suficiente de su envío o recepción por la contraria. Todo ello conforme los criterios de la Ley Modelo de Comercio Electrónico de UNCITRAL, siendo cada una de ellas personalmente responsable del correcto funcionamiento de su servidor, antivirus, antispam y de tener suficiente espacio para recibir dichas notificaciones.
En caso de resultar necesario realizar notificaciones en soporte papel al domicilio físico:
a. Las contratantes que proveen o comercializan HUMAND únicamente podrán ser notificadas en el siguiente domicilio: Vuelta de obligado 2647 1B, Belgrano, C.A.B.A.
b. LA CONTRATANTE únicamente podrá ser notificada en su domicilio legal denunciado en el Formulario de la primera página de este contrato.
En caso de fracasar dichas notificaciones, o de resultar necesaria una notificación en otra jurisdicción, las partes podrán requerirse vía e-mail un domicilio físico válido para recibir notificaciones, el cual deberá ser proporcionado en el plazo de 5 días y tendrá una validez de 60 días.
Estos términos y condiciones, el esquema de precios y la propuesta comercial podrán ser modificados unilateralmente por HUMAND.
La modificación será comunicada a LA CONTRATANTE por correo electrónico desde las cuentas autorizadas.
La modificación surtirá efecto desde el día de su comunicación.
Se considerará que LA CONTRATANTE ha aceptado el nuevo esquema siempre y cuando no manifieste su voluntad de extinguir el contrato, por el mismo medio, dentro de los 30 días de recibir la comunicación.
Las controversias que deriven del presente contrato o que guarden relación con éste serán resueltas definitivamente, con expresa renuncia a otro fuero y jurisdicción, de acuerdo con el Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional, a través del procedimiento abreviado, por un único árbitro nombrado conforme a este Reglamento. Las Disposiciones sobre el Árbitro de Emergencia no serán aplicables.
El servicio se presta en el domicilio de la sociedad emisora de la factura.
En caso de no ser posible la solución arbitral o para el caso de cuestionar la validez del laudo o de la cláusula compromisoria, las partes acuerdan que tendrán jurisdicción de forma subsidiaria los tribunales ordinarios en lo comercial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina.
LA CONTRATANTE garantiza que, en relación con el presente Contrato, no ha realizado, directa o indirectamente, ofrecimiento o promesa, y se obliga a no realizar ofrecimiento alguno o promesa, pago o transferencia ilícita de cualquier valor o bien, a cualquier autoridad, terceras partes, o trabajadores de HUMAND; y asimismo, LA CONTRATANTE se obliga a cumplir con las normas legales aplicables a la ejecución del presente Contrato. El incumplimiento de estas obligaciones o la remisión de información falsa, darán lugar a la resolución inmediata del Contrato, sin perjuicio de los demás recursos y remedios establecidos en el presente Contrato.
LA CONTRATANTE defenderá, indemnizará y mantendrá a HUMAND indemne ante reclamos, acciones, procedimientos, pérdidas, daños, gastos y costos (incluso, con carácter meramente enunciativo, costas judiciales y honorarios legales razonables) que surjan o se relacionen con el uso que LA CONTRATANTE haga de los Servicios, Productos y/o Documentación en violación a la Suscripción. HUMAND cooperará de forma razonable con LA CONTRATANTE en la defensa y acuerdo de dicho reclamo, a expensas de LA CONTRATANTE.
HUMAND defenderá a LA CONTRATANTE, sus funcionarios, directores y empleados frente a cualquier reclamo de que los Productos o la Documentación viola cualquier patente, derecho de autor, marca registrada, derecho de base de datos o derecho de confidencialidad, y deberá indemnizar a LA CONTRATANTE por cualquier monto a pagar por LA CONTRATANTE determinado por sentencia o acuerdo de dichos reclamos, siempre que: (a) se avise de inmediato a HUMAND acerca de dicho reclamo; (b) LA CONTRATANTE coopere razonablemente con HUMAND en la defensa y acuerdo de dicho reclamo, a expensas de HUMAND; y (c) HUMAND tenga las facultades exclusivas de defender o acordar el reclamo.
HUMAND, sus empleados, intermediarios y subcontratistas no serán responsables en ningún caso frente a LA CONTRATANTE en la medida en que la supuesta violación esté basada en lo siguiente: (a) la modificación de los materiales de HUMAND o de la Documentación por persona distinta a HUMAND; (b) el uso de LA CONTRATANTE de los materiales de HUMAND o Documentación de manera que contradiga las instrucciones dadas a LA CONTRATANTE por HUMAND; o (c) el uso de LA CONTRATANTE de los materiales de HUMAND, Servicios o Documentación luego del aviso de una supuesta o real violación cursado por HUMAND o cualquier autoridad competente.
Según lo permitido por la ley aplicable, en ningún caso Humand o sus proveedores serán responsables de ningún daño especial, incidental, indirecto o consecuente (incluidos, entre otros, daños por lucro cesante o información confidencial), interrupción, por lesiones personales, por pérdida de privacidad, por incumplimiento de cualquier deber, incluso de buena fe o de cuidado razonable, por negligencia y por cualquier otra pérdida (pecuniaria o de cualquier otro tipo) que surja de o de alguna manera esté relacionada con el uso del Servicio, incluso en el caso de culpa, negligencia, responsabilidad estricta, cuando de cualquier forma, real o potencial, directa o indirecta, con relación inmediata o mediata con el resultado, la Contratante, sus Usuarios o cualquier otra persona con relación comercial o laboral con la Contratante, ya sea permanente, temporal o incluso incidental que puede haber estado involucrado en la ocurrencia de dichos daños o no ayudó a prevenirlos. En tales circunstancias, la Contratante acepta eximir de responsabilidad a Humand por daños reales o potenciales, de acuerdo con las disposiciones anteriores.
Exclusión de daños y perjuicios.
Con excepción de las obligaciones de indemnizar de ambas partes estipuladas en la sección 15 o de la culpa grave o dolo de cualquiera de las Partes, en ningún caso las Partes, sus licenciatarios, compañías de servicios o proveedores serán responsables en virtud o relación con la suscripción o con su objeto, bajo ninguna teoría legal o del sistema de equidad, incluido el incumplimiento de Contrato, responsabilidad extracontractual (incluida la culpa grave), responsabilidad objetiva u otra, por cualquier daño emergente, imprevisible, indirecto, de carácter ejemplar o punitorio (que pudiera ser aplicable bajo la legislación vigente), especial o determinado, sin importar si se advirtió a dichas personas acerca de la posibilidad de dichas pérdidas, daños o perjuicios o de si estos eran previsibles, y sin perjuicio de la falla de cualquier garantía acordada o de otro recurso.
Límite de responsabilidad en términos monetarios.
Con excepción de las obligaciones de indemnizar de ambas partes estipuladas en la sección 15 o de la culpa grave o dolo de cualquiera de las Partes, en ningún caso el monto total por responsabilidad de cualquiera de las Partes en virtud o relación con la suscripción o con su objeto, bajo ninguna teoría legal o del sistema de equidad, incluido el incumplimiento de Contrato, responsabilidad extracontractual (incluida la culpa grave), responsabilidad objetiva u otra, superará las tarifas pagadas o pagaderas bajo la suscripción. El límite indicado anteriormente aplica sin perjuicio de la falla de cualquier recurso acordado u otro relativa a su propósito esencial.
Si alguna disposición de este Contrato está determinada por un tribunal de jurisdicción competente sea inválida o inaplicable, dicha determinación no afectará la validez o aplicabilidad de cualquier otra parte o disposición de este Contrato.
LA CONTRATANTE da su consentimiento a HUMAND para el uso no exclusivo e intransferible del nombre y/o el logotipo de LA CONTRATANTE en relación con su identificación como cliente de HUMAND, junto con los de otros clientes de HUMAND, en una exhibición de cara al público en su sitio web, así como en videos y otros materiales de marketing. LA CONTRATANTE garantiza que su logotipo no infringe los derechos de ningún tercero y que tiene autoridad plena para otorgar este consentimiento. LA CONTRATANTE puede rescindir este consentimiento en cualquier momento mediante aviso previo con treinta (30) días de antelación.
El presente instrumento constituye un acuerdo completo y definitivo entre las Partes sobre su objeto, y deja sin efecto cualquier instrumento, borrador, intercambio de notas, acuerdo de confidencialidad, carta de intención o acuerdo verbal o escrito que eventualmente hubiera existido con anterioridad al día de la fecha.
Por la presente, LA CONTRATANTE reconoce y acepta la política de privacidad de Humand. (disponible en https://humand.co/es/politica-de-privacidad/)